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1.- Solicitud de búsqueda
de nombre o denominación social
Efectuar la solicitud de búsqueda de nombre (denominación) mediante
un formato que le entregarán en la taquilla 1 (visto bueno). Dicho
formato deberá rellenarlo usted mismo en letra clara y de imprenta,
para luego cancelar los derechos correspondientes en la caja 2
(Bs.18.400,oo); el resultado de la búsqueda le será entregado al
tercer día hábil siguiente (en tiempo normal)
EN CASO DE URGENCIA, usted tiene la posibilidad de obtener el
resultado el mismo día que realice la solicitud o el siguiente,
previo pago de los derechos correspondientes a habilitación o
anticipación.
Para el mismo día:
Búsqueda = Bs. 18.400,oo
Habilitación = Bs. 30.240,oo
Total búsqueda + habilitación = Bs. 48.640,oo
Para el día siguiente:
Búsqueda = Bs. 18.400,oo
Habilitación = Bs. 20.160,oo
Total búsqueda + habilitación = Bs. 38.560,oo
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2.- Reserva de nombre o
denominación social
De encontrarse libre el nombre o denominación social solicitado,
usted DEBERÁ pagar el monto correspondiente a los derechos de
reserva, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha
en la cual se produjo la respuesta positiva, ya que de no hacerlo el
nombre o denominación quedará automáticamente disponible. Dicho pago
deberá efectuarse a través de una planilla de la Alcaldía del
Distrito Metropolitano (FM-02 o Formulario Metropolitano), y el
respectivo depósito bancario por la cantidad de Bs. 67.200,oo en
alguna de las cuentas a nombre de “ADMC. INGRESOS TRIBUTARIOS” en
los siguientes Bancos:
- BANESCO: Cuenta corriente Nº 0134-0016-48-0161011452
- PROVINCIAL: Cuenta corriente Nº0108-0582-18-0100016163
- MERCANTIL: Cuenta corriente Nº 0105-0638-71-1638260605
Posteriormente, regrese al Departamento de Visto Bueno con el
original y dos (2) fotocopias legibles del recibo de depósito, donde
le sellarán la planilla cancelada como recibida, quedando entonces
reservada la denominación por TREINTA (30) días hábiles
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3.- Sello de "Visto Bueno"
Dentro de los TREINTA (30) días hábiles siguientes a efectuada la
reserva de nombre, debe dirigirse a la taquilla 2 con el acta
constitutiva de la compañía o firma personal para que le estampen el
sello de visto bueno después de revisar que el nombre o denominación
social se encuentre bien escrito es decir, que se corresponda
exactamente con la denominación reservada
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4.- Compra de planillas
Adquiera en la taquilla de timbres fiscales, tantas planillas de
liquidación de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas
(FM-02 o Formulario Metropolitano) como documentos desee inscribir
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5.- Cálculo de montos a pagar por la
inscripción
Al presentarse en la taquilla 6 (Taquilla de Cálculo) con su
documento y la planilla de liquidación de la Alcaldía, el
funcionario del Registro efectuará el cálculo de las cantidades que
usted deberá pagar por los conceptos de tasas contempladas en la Ley
de Timbre Fiscal (correspondientes al fisco), estampillas o timbres
fiscales y aranceles
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6.- Elaboración de planilla de derechos del
fisco
En la misma taquilla, un funcionario rellenará la planilla de la
Alcaldía conforme a lo calculado de acuerdo a la Ley de Timbre
Fiscal y posteriormente (cuando la tenga lista) será llamado para
entregársela.
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7.- Pago de los derechos correspondientes al
fisco
Pague la cantidad expresada en dicha planilla mediante depósito a
nombre de: “ADMC. INGRESOS TRIBUTARIOS” en una de las cuentas que
posee la Alcaldía Mayor en los Bancos señalados en el punto 2
Cuando el pago a la
Alcaldía sea mayor a Bs. 1.000.000,oo, se requiere carta de
certificación bancaria, además del respectivo depósito
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8.- Elaboración del recibo de pago de los
derechos del registro
Después de efectuado el pago al fisco metropolitano (planilla de la
Alcaldía Mayor), diríjase a la taquillas 7/8 (Taquillas de
Presentación) a entregar la planilla cancelada, el documento y su
cédula de identidad. Luego el funcionario colocará los sellos
correspondientes, los llenará y realizará el recibo de pago de los
derechos de registro o aranceles, con indicación del monto de
timbres fiscales o estampillas que deberá traer al momento del
otorgamiento
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9.- Pago de los derechos del registro
Por la caja 1 será llamado para que pague los derechos de registro y
le asignen fecha de otorgamiento o firma del documento para el
tercer (3er) día hábil siguiente (tiempo normal). EL PAGO PUEDE
EFECTUARSE EN EFECTIVO, MEDIANTE CHEQUE CONFORMABLE O CHEQUE DE
GERENCIA A NOMBRE DE: Registro Mercantil Primero
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10.- Firma del libro diario de presentaciones
Luego, será llamado por las taquillas 7/8 donde firmará el Libro
Diario de Presentaciones y le devolverán su recibo y cédula
(pasaporte)
ASI FINALIZA EL
PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO E INMEDIATAMENTE PASARÁ
AL DEPARTAMENTO LEGAL DONDE COMENZARÁ EL PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN Y
PROCESAMIENTO
En caso de que hubiese
solicitado
habilitación, el usuario deberá dirigirse al Departamento
Legal y esperar que el abogado revisor examine el documento y le
informen acerca de su procedencia, o si por el contrario presenta
alguna falla o error o es necesaria la
presentación de algún anexo
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11.- Otorgamiento o firma del documento
Regrese al Registro el día fijado para el otorgamiento y presente el
recibo de pago al funcionario que se encuentra en la entrada de la
sala de otorgamientos, quien anotará la hora. Los funcionarios de
ese Departamento ubicarán el documento y verificarán nuevamente si
existe en el sistema alguna prohibición legal para la firma;
Mientras tanto, por favor
diríjase a la sala de espera en donde será llamado de acuerdo al
orden de llegada. RECUERDE PREPARAR SU CÉDULA Y LOS TIMBRES FISCALES
DE LA ALCALDIA MAYOR POR EL MONTO QUE APARECE EN LA PARTE INFERIOR
DEL RECIBO (PUEDE COMPRARLOS EN LA TAQUILLA DE TIMBRES FISCALES)
Una vez en la sala de
otorgamientos, el funcionario comprobará su identidad por medio de
su cédula laminada o pasaporte y le requerirá los timbres fiscales,
así como cualquier recaudo que se le hubiese pedido con
anterioridad; de encontrarse todo en orden, el presentante procederá
a firmar el documento y sus copias
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12.- Revisión final y firma del Registrador
Los abogados del Departamento de Otorgamiento revisarán el documento
a fin de constatar el cumplimiento de todos los extremos legales –entre
otras cosas- sellos, notas de certificación, etc., e introducirán
los datos relativos al acto en el sistema informático.
Posteriormente, el documento original, las copias certificadas
solicitadas por usted y las destinadas a los Libros de Protocolo y
Registro Principal pasarán al Despacho del Registrador o de la
Registradora, quien firmará cada uno de ellos, por orden de llegada.
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13.- Entrega del documento otorgado
Una vez firmado por el Registrador o la Registradora, los
funcionarios de la entrada de la sala de otorgamiento le llamarán
para entregarle su copia certificada u original según sea el caso.
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Flujograma del Proceso. (Haga Click en la
Imagen para Ampliarla)
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